Por motivos profesionales me acaba de llegar el aviso de que Google ha puesto a nuestra disposición una URL personalizada para Google+. Bien, tenía que llegar y seguro que tiene más implicaciones futuras que la mera vanity URL.
Pero me llaman la atención los términos que tenemos que aceptar para entrar en el juego:
Lo he aceptado, claro (a ver quién le dice que no a Google), pero no sé yo si vamos a comunicar mucho esa URL cuando la pueden «reclamar o eliminar sin previo aviso» o «aplicar un cargo por su uso» sin tan siquiera dar una pista de lo que estamos hablando.
En fin, que será la típica jerga legal para cubrirse las espaldas, pero…
O a lo mejor es una sonda para ver si alguien se queja.